Transferencia Vehicular
En este registro se extienden las actas de transferencia de bienes muebles registrables, que pueden ser: de vehículos usados o de otros bienes muebles identificables que por ley se determine. La presentación de traslados o partes a los Registros Públicos es cautiva para el Notario, lo que significa que sólo pueden ser presentados por personal de la Notaría.
Requisitos:
- Documentos de Identidad del vendedor y comprador.
- Tarjeta de Propiedad del vehículo a transferir.
- Certificado del SOAT (vigente).
- Estado de cuenta emitido por el SAT para acreditar el pago del Impuesto Vehicular, sólo si el vehículo tuviese como fecha de inscripción no mayor de tres (03) años a la fecha de celebración de la venta.