Testamentos
Por el testamento una persona capaz puede disponer de sus bienes, total o parcialmente, para después de su muerte, y ordenar su propia sucesión dentro de los límites que señala la Ley y con las formalidades establecidas.
Requisitos:
- Copia del DNI del testador.
- Certificado médico que acredite que el testador se encuentra en pleno uso de sus facultades mentales, es decir, que se ubica en tiempo, espacio y persona, expendido por un área de salud (psiquiatra) si el testador es mayor de 70 años.
- Copia del DNI de dos testigos que no sean familiares.
- Copia literal de dominio vigente de los bienes (ficha, partida o código de predio) emitida por registros públicos.
- Constancia de persona actual original de los bienes no inscritos.
- Relación de bienes a distribuir y documentos acrediten su propiedad o posesión.